Sobre los cortes de cuentas y las controlarías, algo que parece etéreo

SOBRE LOS CORTES DE CUENTAS Y LAS CONTRALORIAS TERRITORIALES



Por Carlos Rojas Arenas, administrador del BLOG. Ing Industrial, Esp Gestión Regional del Desarrollo, Esp Gerencia de Recursos Humanos, Ma, Estudios sobre Desarrollo. Actualmente Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Casanare - Colombia




Se considera que la disminución de la corrupción, el aumento de la legalidad y, el desarrollo de una institucionalidad fuerte y eficiente a partir de la implementación de una “agencia estatal que tiene autoridad legal y esta fácticamente dispuesta y capacitada para emprender acciones que van desde el control rutinario hasta sanciones legales o incluso impeachement, en relación a actos u omisiones de otros agentes o agencias del estado que pueden, en principio o presuntamente, ser calificadas como ilícitas”[1]; es una herramienta para exigir que la ejecución de recursos sea “óptima”, entendida como óptima la orientación de recursos hacia aquellos planes, programas y proyectos que tienen como propósito atender las necesidades más sentidas de la población y elevar las variables e indicadores que inciden positivamente en el incremento del desarrollo humano de la población. Tal como ha sido referenciado[2] existe un link o vinculo bastante estrecho entre la corrupción y la ausencia de derechos humanos fundamentales. En este sentido, la existencia y el predominio de la corrupción dentro del aparato estatal impide, restringe o limita la implementación de políticas orientadas al desarrollo de los derechos socioeconómicos de la población. Esto ocurre porque el fisco con el que se cuenta para ejecutar acciones tendientes a disminuir la pobreza, son en buena medida capturados por intereses privados de aquellos miembros del gobierno o del aparato institucional que representa la comunidad, impidiendo que las políticas públicas logren sus cometidos y mejoren la condición de bienestar de toda la población.

La implementación de una contraloría (corte de cuentas) para la fiscalización de la legalidad y buen uso de los recursos públicos y combatir la corrupción, constituye la creación de un mecanismo de accountability horizontal[3] que tendría como propósito generar una combinación de elementos institucionales de autorización del poder político, con otro orientado a asegurar la correspondencia de sus políticas con las preferencias del electorado (responsiveness) y la accountability de los agentes autorizados[4]. Bajo esta línea, se buscaría una mayor responsabilización por parte de los actores políticos que gobiernan, de tal forma que sus ejecutorias estén orientadas a la resolución de problemas sustanciales que atenten contra la prosperidad de la población, dando cumplimiento al principio de buen uso de los recursos bajo la perspectiva programática sin menosprecio de la perspectiva fiscal, y acentuando que esta política contribuya de manera significativa al incremento de la institucionalidad en distintos ámbitos y en  la disminución de la corrupción.

La contraloría local debe ejercer en su actuar una relación, por lo menos de igual a igual; es decir, “sugiere que el actor que exige cuentas esta a la altura de los ojos de quien rinde cuentas, que los dos están en posiciones de poder equiparables”[5]. La contraloría entonces, se involucrará de tal forma que genere un equilibrio entre las formas de poder local, pero haciendo énfasis de manera sistemática y persistente en la lucha contra la corrupción, el clientelismo, la fiscalización de la legalidad y velará por que los recursos se usen de forma adecuado en los ámbitos fiscal y programático como se enuncio líneas atrás. El corte de cuentas, realizado por la contraloría, debe abarcar de manera genérica tres maneras diferentes para prevenir y corregir los abusos al poder del ejecutivo al abrirse a la inspección pública; lo forzará a explicar y justificar sus actos, y lo supeditará a la amenaza de sanciones[6]. Así entonces, para dar cumplimiento a dicho precepto - información, justificación y castigo -, la contraloría deberá actuar de forma independiente, con rigurosidad en sus investigaciones, al punto, que el ejecutivo local, no solo se vea obligado a informar y justificar sus actos, sino que también, y llegado el caso sea sancionado en forma efectiva.

La ejemplarización a través del castigo o sanción ejercida por la contraloría, generará incentivos en la región sobre los actores políticos locales al punto que las conductas desviadas, no cooperantes o corruptas deberán desaparecer gradualmente hasta el momento en que los recursos públicos sean ejecutados de manera transparente y hacia los sectores vulnerables o que afectan la calidad de vida de los habitantes de una determinada región. Como se advirtió, sino se disminuye la corrupción, el incremento en las malas condiciones de vida de la población se generalizará, lo que constituirá un motor para el crimen, la inseguridad y la violación de los derechos de las personas. Bajo este mismo tenor, la disminución de la corrupción hará posible que se dé cumplimiento al compromiso constitucional de garantizar un “mínimo” de derechos humanos a la población, logrando que los ambientes de convivencia y el clima social mejoren sustancialmente al grado que disminuyan ostensiblemente los niveles de inseguridad, crimen y violaciones de los derechos de las personas entre otras variables.

Este mecanismo deberá estar dotado de instrumentos que contribuyan de forma efectiva a la generación de espacios de participación social, como medio para optimizar la función de la contraloría que se plantea implementar. “La participación social en el control y fiscalización del gobierno es un requisito para garantizar la transparencia del proceso de responsabilización por los resultados. No tiene sentido avalar procesos de rendición de cuentas en donde las metas son establecidas unilateralmente por las agencias públicas, sin que existan mecanismos para asegurar que esas metas reflejen las necesidades de la colectividad, las prioridades nacionales, y los compromisos adquiridos por el gobierno ante las comunidades y los distintos sectores sociales”[7]. En este contexto, lo que se pretende es complementar los objetivos de incremento de la institucionalidad y disminución de la corrupción y el clientelismo que regirán el accionar de la contraloría, a través de una estrategia que de campo a la participación de la ciudadanía en las funciones de la otra política pública de control interestatal planteada inicialmente, sin dejar de lado que estos mecanismos e instrumentos de fiscalización y responsabilización deben estar ajustados a la realidad institucional y social que atañen el momento que se vive en la región de estudio. Bajo esta perspectiva, la política pública elegida, requerirá también mejorar las condiciones del estado[8] en forma paralela, a tal punto que el estado se convierta en “un estado que además de sancionar y respaldar los derechos de ciudadanía política implicados por un régimen democrático, por medio de su sistema legal e instituciones sanciona y respalda una amplia gama de derechos emergentes de la ciudadanía civil, social y cultural de todos sus habitantes[9]”, es decir, que se requiere la formación de un aparato interestatal que contribuya efectivamente a la construcción de una estructura institucional que garantice el cumplimiento de los derechos ciudadanos.

De manera estrecha con la anterior estrategia, “para que la accountability horizontal funcione con razonable efectividad, aunque resulta útil no suele ser suficiente que alguna agencia estatal este seriamente empeñada en ello. En general, sobre todo cuando se trata de hacer valer la accountability horizontal contra poderosos segmentos del Estado, es necesario el funcionamiento coordinado y convergente de toda una red de instituciones que tienen suficiente autorización legal, autonomía decisoria y voluntad para hacerla valer”[10]. Hará parte entonces de la estrategia de ejecución de la política definida la búsqueda de un estado democrático, por medio de dicha estrategia y a través del tratamiento a temas como los siguientes[11]:

  • El fortalecimiento del sistema legal de tal forma que se incluyan reglas que sancionen y garanticen, y eventualmente promuevan la extensión de los derechos de la ciudadanía y con ello el desarrollo humano. De igual manera, el sistema legal deberá incluir reglas y procedimientos orientados a la resolución pacífica de conflictos[12].
  • Para que la política de accountability horizontal propuesta como política funcione, deberá fortalecerse el poder judicial a tal punto que resuelva con razonable rapidez y de acuerdo con la legalidad democrática los casos que le son sometidos, y permite el acceso al mismo de sectores desfavorecidos. El aparato judicial se convertiría en el “repartidor” de justicia y sus actos serán ejemplarizantes apara los agentes corruptos de la localidad en estudio.
  • La contraloría deberá vigilar la actuación de las burocracias del aparato público local, para que no sólo sea eficaz sino también adecuada al sistema legal y conforme a las metas establecidas por las autoridades constitucionalmente habilitadas para decidirlas. Además, la contraloría velará porque las burocracias estatales traten a todos los ciudadanos equitativa y respetuosamente.
  • Deberán implementarse instancias institucionalizadas en buena parte de sus reparticiones para consultas, discusión e intercambios de información con, así como participación de, todos los sectores sociales que razonablemente argumentan estar interesados en las respectivas decisiones y su implementación.
  •  Deberán implementarse instituciones estatales relevantes que actúen en un constructivo espíritu de respeto y diálogo en relación a las identidades y demandas de sectores históricamente reprimidos y/o excluidos, incluso aquellas que implican reconocimiento de derechos y tradiciones colectivos o comunitarios y su armonización con los presupuestos del régimen democrático y por supuesto con el cumplimiento de los derechos humanos de la población.
Así, solo se podrá dar cumplimiento a preceptos constitucionales relacionados con la garantía de derechos humanos en la medida en que los recursos públicos se orienten de una forma socialmente correcta, inicialmente a partir de una agencia de accountability horizontal que vigile la ejecución de políticas públicas correctas con un manejo transparente y pertinente de los recursos de la administración. Bajo el marco teórico de Sen, la asistencia social no tiene un mayor sentido para afrontar situaciones en las que intereses privados representando aparentemente públicos, se toman el estado subnacional. Una clara experiencia se observa en el programa familias en acción de la república de Colombia, en el que se demuestra que la solución no es otorgar subsidios de dinero en efectivo, pues estos solo contribuyen a aliviar los problemas de forma coyuntural y el fondo o estructura de los problemas se mantienen vivos y con tendencia a aumentar considerablemente. Retomando el concepto de Sen “El desarrollo humano es un proceso mediante el cual se amplían las oportunidades de los individuos, las más importantes de las cuales son una vida prolongada y saludable, acceso a la educación y el disfrute de un nivel de vida decente. Otras oportunidades incluyen la libertad política, la garantía de los derechos humanos y el respeto a sí mismo, lo que Adam Smith llamó la capacidad de interactuar con otros sin sentirse avergonzado de aparecer en público”[13].


BIBLIOGRAFIA
  • O’Donnell, Guillermo., “Acerca de varias accountabilities y sus interrelaciones”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, Pg. 87,  2001
  • Kaufmann, Daniel. Human Rights and Governance: The Empirical Challenge. Nueva York: Documento preparado para la conferencia: “Human Rights and Development: Towards Mutual Reinforcement” Marzo 1, 2004: Pg. 19. 2004.
·       Peruzzotti, Enrique y Catalina Smulovitz,   “Accountability social: la otra cara del control”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, 2001, Pg. 25

  • Schedler, Andreas.,    ¿Qué es la rendición de cuentas?, Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuadernos de transparencia núm. 3, México, 2004. Pg. 34
  • Abrucio, Fernando Luiz, “Responsabilización por la competencia administrada” en: Concejo Científico del CLAD. 2000. la responsabilización en la Nueva Gestión Publica Latinoamericana”, 2000, Pg. 8

  • Naciones unidas, Informe Sobre el Desarrollo Humano, 1990. PNUD, pág.33





[1] O’Donnell, Guillermo., “Acerca de varias accountabilities y sus interrelaciones”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, Pg 87,  2001
[2] Kaufmann, Daniel. Human Rights and Governance: The Empirical Challenge. Nueva York: Documento preparado para la conferencia: “Human Rights and Development: Towards Mutual Reinforcement” Marzo 1, 2004: Pg. 19. 2004.
[3] El concepto de accountability horizontal se refiere a la operación de un sistema interestatal de controles interestatales, tal y como se plantea en Peruzzotti, Enrique y Catalina Smulovitz,            “Accountability social: la otra cara del control”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, 2001, Pg. 28
[4] Peruzzotti, Enrique y Catalina Smulovitz,    “Accountability social: la otra cara del control”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, 2001, Pg. 25
[5] Schedler, Andreas.,  ¿Qué es la rendición de cuentas?, Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuadernos de transparencia núm. 3, México, 2004. Pg. 34
[6] Schedler, Andreas.,  ¿Qué es la rendición de cuentas?, Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuadernos de transparencia núm. 3, México, 2004. Pg. 13
[7] Abrucio, Fernando Luiz, “Responsabilización por la competencia administrada” en: Concejo Científico del CLAD. 2000. la responsabilización en la Nueva Gestión Publica Latinoamericana”, 2000, Pg. 8
[8] Se requerirá establecer mecanismos que permitan ir paulatinamente construyendo un estado de y para la democracia a “la” O’Donnell.
[9] O’Donnell, Guillermo. “Hacia un estado de y para la democracia”. En: Mariani, Rodolfo (Coordinador). Democracia, Estado, Ciudadanía: Hacia un estado de y para la democracia en América Latina. Lima: PNUD. 2007. Pg. 31
[10] O’Donnell, Guillermo., “Acerca de varias accountabilities y sus interrelaciones”, en Enrique Peruzzotti y Catalina Smulovitz (eds.), Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias latinoamericanas, Temas, Buenos Aires, Pg. 90,  2001
[11] Extractado de O’Donnell, Guillermo. “Hacia un estado de y para la democracia”. En: Mariani, Rodolfo (Coordinador). Democracia, Estado, Ciudadanía: Hacia un estado de y para la democracia en América Latina. Lima: PNUD. 2007. Pg. 50
[12] Se debe tomar en cuenta que en buena parte las medidas recomendadas no corresponderían al marco de competencias local. No obstante, dichas medidas permitirían mejorar las condiciones de gobernanza y gobernabilidad no solo de la localidad en estudio sino de aquellas que se circunscriban bajo el estado en el cual se encuentra nuestra área de estudio.
[13] Naciones unidas, Informe Sobre el Desarrollo Humano, 1990. PNUD, pág.33

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